Levítico 25:46-48
Levítico 25: 46 al 48
46 y los podréis dejar en herencia a vuestros hijos después de vosotros, como propiedad perpetua. A éstos los podréis tener como siervos; pero tratándose de vuestros hermanos, los israelitas, uno no tratará a su hermano con dureza.
47 "Si el forastero o huésped que mora contigo adquiere bienes, y un hermano tuyo se empobrece en asuntos que tiene con él, y se vende al forastero que mora contigo, o a algún descendiente de la familia del forastero,
48 después de haberse vendido le quedará el derecho al rescate: uno de sus hermanos lo rescatará.
Biblia-de-jerusalem-3-edicion | Capítulo | Otras versiones