Levítico 25:27-29

27 computará los años desde la venta, le reembolsará la diferencia al hombre a quien se la vendió, y volverá a su propiedad.

28 Si le faltan suficientes medios para recobrarla, lo que vendió quedará en poder del comprador hasta el jubileo; en el año del jubileo será liberada, y él volverá a su propiedad

29 Si un hombre vende una casa de vivienda en una ciudad amurallada, puede ser redimida hasta que haya pasado un año desde su venta; el período de redención será un año.