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Levítico 25:28 Biblia Reina Valera 1960 | 62 Versiones de la Biblia Comparar

Levítico 25

28 Mas si no consiguiere lo suficiente para que se la devuelvan, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo saldrá, y él volverá a su posesión.

Levítico 25

28 Pero si no ha ahorrado lo requerido para el rescate, lo vendido quedará en poder del comprador, hasta el año del jubileo, en que queda libre y vuelve a ser propiedad suya.

Levítico 25

28 "Pero si no ha hallado medios suficientes para recobrarla por sí mismo, entonces lo que ha vendido permanecerá en manos del comprador hasta el año de jubileo; pero en el jubileo saldrá de su poder, y el vendedor volverá a su posesión.

Levítico 25

28 Si no halla lo suficiente para recuperarla, lo vendido quedará en poder del comprador hasta el año del jubileo; entonces la tierra quedará libre y volverá al que la vendió.

Levítico 25

28 Pero si no consigue lo suficiente para que se la devuelvan, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo; y al jubileo quedará libre, y él volverá a su posesión.

Levítico 25

28 Si su haber no alcanza a lo necesario para esta devolución, lo vendido quedará en poder del comprador hasta el a o jubilar; pero en el a o del jubileo quedará libre, y el vendedor recobrará su propiedad."

Levítico 25

28 Pero si no consigue lo suficiente para rescatarla, la tierra quedará en posesión del comprador hasta el año del jubileo, cuando el que la vendió la recobrará, y ésta volverá a su heredad familiar.

Levítico 25

28 Si le faltan suficientes medios para recobrarla, lo que vendió quedará en poder del comprador hasta el jubileo; en el año del jubileo será liberada, y él volverá a su propiedad

Levítico 25

28 Pero si no halla lo suficiente para recuperarla, lo vendido quedará en poder del comprador hasta el año jubilar, y en el jubileo quedará libre; y el vendedor volverá a su posesión.

Levítico 25

28 Pero si no obtiene lo suficiente para recobrarla, la propiedad vendida quedará en poder del comprador hasta el año jubilar, y en el año jubilar quedará libre; y volverá a propiedad del vendedor.